Ordenes Generales
para todos los Oficiales de la Flota
1ra Orden General (Directiva Primaria)
Está absolutamente prohibido a cualquier oficial de la Flota Estelar interferir con el natural desarrollo de cualquier cultura o sociedad. Cualquier pérdida es tolerada si es necesaria para cumplir con esta Orden General.
2da Orden General
Bajo ninguna circunstancia, incluso para proteger su propia vida o la de su tripulación, un oficial tiene permiso para dañar una forma de vida inteligente. El quebrantamiento de esta orden está tolerado únicamente si puede ofender la Directiva Pimaria.
3ra Orden General
Es el deber de un oficial usar todos los medios bajo su comando para proteger la vida de formas de vida inteligente, incluso si pone en riesgo su propia seguridad o la de su nave. Si una forma de vida inteligente resulta dañada por el accionar o el no accionar de un oficial será tratado igual que una violación a la 2-a Orden General.
4ta Orden General
Un oficial seguirá la orden de un superior con su mejor capacidad, salvo que ésta resultara una violación de la Directiva Primaria o de las Ordenes Generales 2-a y 3-a.
5ta Orden General
Un oficial usará todo su poder para proteger la seguridad de la Flota Estelar, la Federación Unida de Planetas, sus miembros y representantes, salvo que provoque la violación de las Ordenes 1-a a 4-a.
6ta Orden General
Si el personal entero a bordo de una nave fue muerto o se ha vuelto incapaz de actuar durante un período de 24 horas, la nave será destruida para prevenir que otras formas de vida o naves sean también contaminadas.
7ta Orden General
Revocada.
Anteriormente: Bajo cualquier circunstancia, incluso en caso de emergencia, una nave de la Federación no tiene permitido visitar Talos IV. Ignorar esta Orden General será penada con la muerte.
8va Orden General
Ninguna nave de la Federación tiene permitido entrar al Imperio Romulano, a menos que sea justificado por las Ordenes Generales 1-a a 5-a.
Orden General modificada en 2297: "territorio Klingon" removido.
9na Orden General
Ninguna nave de la Federación tiene permitido visitar un planeta o sistema estelar que haya sido puesto en cuarentena por la Federación Unida de Planetas o la Flota Estelar, a menos que se justificado por las Ordenes Generales 1-a a 5-a.
10ma Orden General
Un oficial de la Flota Estelar es responsable bajo las leyes y ordenes de la Federación Unida de Planetas, sus planetas miembros y sus representantes, incluyendo la Flota Estelar. El o ella está sujeto a cualquier enjuciamiento por autoridades bajo las nombradas leyes.
11ra Orden General
Un oficial de la Flota Estelar respetará los contratos y tratados hechos por la Federación Unida de Planetas y sus planetas miembros y proveerán cualquier asistencia requerida por los firmantes de esos contratos o tratados.
12da Orden General
Mientras se aproxima una nave cuando no se hayan establecido comunicaciones o no fuera posible hacerlo, los procedimientos de seguridad serán atendidos.
13ra Orden General
Mientras viste el uniforme de la Flota, un oficial tiene prohibido dar información o asistencia equivalente a los enemigos de la Federación o a grupos que representen algún peligro para la Federación, sus planetas miembros o sus representantes.
14ta Orden General
Un oficial no actuará impropia o indecentemente o mostrará comportamiento ofensivo contra otra forma de vida.
15ta Orden General
Ningún oficial de bandera entrará a un área peligrosa sin una escolta armada.
16ta Orden General
Un oficial puede ser condenado por al menos tres oficiales comandantes por un crimen de violación de las Ordenes Generales de la Flota Estelar o las leyes de la Federación.
17ma Orden General
En ausencia de un oficial comandante, si ha sido asesinado o es incapaz, el oficial de mayor rango tomará el comando, aún si no pertenece al personal estandard a bordo.
18va Orden General
Un oficial no tiene permitido empezar o tomar parte en un motín contra sus superiores. El motín será juzgado como violación a la 4-a Orden General.
19na Orden General
Un oficial puede ser suspendido del deber en cualquier momento si ha sido juzgado incapaz de cumplir con su deber por razones médicas o psicológicas por el oficial médico de una nave o por dos oficiales comandantes.
20ma Orden General
Las naves de la Federación darán cualquier asistencia o soporte requerido por una nave privada o comercial registrada por la Federación Unida de Planetas, y tienen permitido tomar acciones disciplinarias o agresivas contra naves de actividad ilegal u hostiles operando en territorio federacional.
21ra Orden General
Una nave de la Federación no tiene permitido transportar cualquier sustancia o carga clasificada ilegal por la Federación, ni una cantidad ilegal de cualquier sustancia o carga, ni cualquier arma no registrada por la oficina de comercio de la Federación. Formas de vida destructivas también entran bajo esta Orden General. Las naves de la Federación tienen permitido buscar una nave sospechada de contrabandear y tienen permitido confiscar cualquier mercadería de contrabando encontrada.
22da Orden General
Al hacer contacto con un planeta que no ha tenido ningún progreso con su evolución que está bajo el control de un extranjero, un oficial tiene permitido hacer cambios en la estructura social con el fin de que tome el camino hacia una civilización tecnológica. Cualquier mal uso de esta Orden General será observada como violación a la Directiva Primaria.
23ra Orden General
La destrucción de una o más formas de vida inteligente está sólo permitido si previene una violación a la Directiva Primaria y también si no hay otra forma de prevenir esta violación. Cualquier mal uso de esta Orden General será observada como violación a la 2-a Orden General.
24ta Orden General
La aniquilación total de vida inteligente en la superficie de un planeta, está sólo permitido si los habitantes de dicho planeta han violado severamente la Directiva Primaria. Tal acción puede ser ordenada únicamente por un ofical comandante con rango de capitán o superior. Este oficial es el único responsable por esta acción. Cualquier mal uso de esta Orden General será observada como violación a la Directiva Primaria.
Directiva Omega
La partícula omega, dada su potencial naturaleza destructiva contra el subespacio, es una amenaza para las civilizaciones a lo largo y ancho de la galaxia. Por esta razón, todas y cada una de las partículas omega encontradas por la Flota deben ser destruidas. Esta Directiva antecede a todas las otras, incluyendo la Directiva Primaria. |